No precisarán autorización

a) Los vehículos que deban realizar operaciones de carga y descarga estando ésta permitida e indicado expresamente en el texto complementario de la señal de prohibición de circulación, y en las horas señaladas, con vehículos de PMA limitado a 3,5 toneladas y con una duración máxima de las operaciones de quince minutos.

b) Los vehículos de servicios municipales (Vialidad, Parques y Jardines, Alumbrado, Policía Local, Tráfico, Limpieza Pública, etc.). Siempre que no excedan de 26 toneladas.

c) Los vehículos de urgencia (bomberos, ambulancias, etc.).

d) Los vehículos de los Servicios de Seguridad del Estado.