Art. 3.
Quedan englobadas en estas normas todas las autorizaciones que la Alcaldía, Policía Local o el Servicio de Tráfico y Transportes puedan otorgar en los aspectos siguientes:
1. Permisos de circulación de vehículos en zonas señalizadas o urbanizadas como de uso peatonal.
2. Permisos de circulación de vehículos de peso total máximo autorizado superior al establecido en la señalización viaria o en la Ordenanza General de Tráfico.
3. Permisos de carga y descarga de mercancías en condiciones distintas a lo establecido en la Ordenanza General de Tráfico.
4. Permisos de ejecución de obras en la vía pública que afecten al tránsito rodado o peatonal y deban ser objeto de señalización y balizamiento.
5. Permisos de corte de calles al tráfico rodado por obras u ocupaciones de la vía pública que impidan la circulación.
6. Permisos de circulación de transportes especiales que superen el peso o las dimensiones establecidas en el Código de Circulación, o reglamentación vigente.
7. Permisos de circulación para el transporte de mercancías peligrosas por las vías públicas municipales.
8. Permisos de transporte escolar y de menores, de carácter urbano, en el término municipal de Zaragoza.
9. Permisos especiales de estacionamiento en zonas con prohibición general.
10. Permisos especiales de estacionamiento para minusválidos.
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